Ponencia Biblioteca | Ley de la Salud Mental

Dr. Carlos Arestivo

La sociedad Paraguaya de Psiquiatría presentó al Senado un Proyecto de Ley de Salud Mental que intenta adecuar el Proyecto de Ley presentado por la Senadoras Samaniego y Gusinsky.
También presentó por su parte la Comisión de Reforma de la Salud Mental y otra la Dirección de Salud Mental del MSPBS. En este momento nos estamos reuniendo representantes de cada Institución a fin de consensuar, en lo posible dichos proyectos.

La SPP, en resguardo de los pacientes, y de la profesión misma como plantean sus estatutos, presentó su propuesta que tiene que ver principalmente con la preservación los DDHH de los pacientes, con el proceso de desmanicomializacion o substitución de la Institución con la modalidad de custodia como es nuestro Hospital Psiquiátrico, la creación de salas de Asistencia en situación de crisis en los Hospitales Regionales y Generales del País y otros aspectos más.

Quiero explicar algunos de los puntos de nuestra propuesta
1. La preservación de todos los Derechos humanos de las personas con trastorno mental:
Los pacientes internados en la modalidad de custodia, están abandonados, no son escuchados, no se comunican, no se relacionan y en ese sentido están perdiendo su propia
identidad, su ser persona. Como muchos de ellos provienen de ciudades o pueblos lejanos pierden también a sus familias y su sentido de pertenencia social, se vuelven crónicos y ya no pueden abandonar su estada en el Hospital.
Esta situación es grave para el Estado desde el punto de vista económico y para la propia sobrevivencia de los pacientes que son despojados de sus Derechos Humanos.

2. Centrar la atención en la persona portadora de trastorno mental y no en la enfermedad.
Destacamos que la modalidad de “tratamiento”, sea más allá de los psicofármacos, que, si bien ayudan muchísimo, no son suficiente, el paciente requiere un reaprendizaje social, que le permita mejorar su situación. En la Institución de custodia solo se intenta disminuir o anular los síntomas, pero el paciente no logrará recuperarse. El paciente pierde todos sus derechos como ciudadano. La psiquiatría moderna trata y cuida al paciente como persona y no solamente a los síntomas o al diagnóstico realizado

3. Creación de Servicios de asistencia en Crisis en los Hospitales Regionales y Generales.                                                 Es importante que el Centro Asistencial que ofrece el MSPBS esté cercano al entorno social del paciente para evitar cronicidad. La cercanía del paciente con sus familiares y amigos favorece ampliamente su recuperación, y sobre todo es un recurso humano inapelable. Para el efecto, se planteó en nuestro Proyecto, que la internación en situación de crisis esté cercano al entorno familiar y la misma sea de corta duración.
El Paraguay desde el año 1992 habilitó en el Hospital Regional de Pedro Juan Caballero una sala para pacientes en situación de crisis. Fue una de las primeras en Sudamérica y aun funciona. Quiere decir que tenemos la experiencia.

4. Crear Centros de Rehabilitación dependiente de la Dirección de Salud Mental en coordinación con las internaciones en Hospitales generales o Regionales.
Como parte de las Unidades de Salud mental se debe crear Programas de Rehabilitación donde los pacientes puedan
acudir a tratamientos psicosociales que les posibilite una reinserción en la sociedad y puedan sustentarse a sí mismos.

5. Prioridad a las Unidades de Salud Familiar dependientes de Bienestar Social
Las Unidades constituyen equipos de salud que visita a todas las familias del país para detectar precozmente problemas de Salud, Son programas muy eficaces para prevenir y también promover a la salud, están distribuidas en todo el país.
Nuestra propuesta es capacitarlas en Salud Mental para detectar precozmente cualquier trastorno mental y actuar en
consecuencia. Es sabido por todos que, tratando precozmente al paciente, su recuperación será más fácil.

6. Las Instituciones de custodia como del Hospital Psiquiátrico deben progresivamente reemplazarse por las
Instituciones que apunten a la rehabilitación del paciente que figuran en la presente Ley.

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